Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente
inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
5. Las convocatorias, y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán publicadas en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
(http://gobiernoabierto.juntaex.es/), con base en la disposición adicional decimocuarta
de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de
Extremadura.
6. Así mismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
Quinto. Solicitudes.
1. El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del
presente decreto junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará una
vez transcurridos tres meses a partir del día siguiente de su publicación en el DOE.
2. Las solicitudes, que irán dirigidas a la Dirección General de Empresa, serán únicas para
cada tipología de proyecto, debiendo ser cumplimentadas conforme al modelo normalizado
establecido en el anexo I a la presente convocatoria, por el solicitante o su representante
expresamente autorizado para intervenir en este acto, a las que se acompañará la siguiente documentación:
2.1. Memoria del Proyecto para subvencionar, conforme al contenido mínimo establecido
en el anexo II de la presente convocatoria.
2.2. Informe de auditoría previa, para proyectos acogidos a la línea de diseño de nuevos
productos, envases y embalajes, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de las presentes ayudas.
2.3. Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que pretenda llevar a cabo la
entidad solicitante de la ayuda, desglosadas por conceptos e importes.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar
como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación