Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024060081)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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 remios:
— Medalla, insignia o elemento distintivo del colegio: Se otorgará este distintivo para premiar a los colegiados por razón de su tiempo de colegiación, o por méritos contraídos en
la participación colegial.
— Premio metálico o en especie: este tipo de premio se otorgará en los concursos que el
colegio organice o sea participe, se fijará en las bases de la convocatoria y consistirá en
una cantidad de dinero o entrega de objeto adquirido al efecto.
— Diploma: se entregará este premio a las personas o instituciones que hayan desarrollado una labor voluntaria, concreta y relevante en aspectos de colaboración con el
Colegio, sus Comisiones o Delegaciones, en el desarrollo de trabajos de investigación,
actividades profesionales o de las de los Colegios, Consejos o entidades corporativas.
— Beca: que consistirá en una dotación económica destinada a la asistencia a cursos, jornadas, ferias y congresos, así como para la realización de estudios, trabajos de investigación o actividades relacionadas con la profesión, que se materializará, a criterio de la
Junta de Gobierno.
Artículo 99. Procedimiento.
El procedimiento para el otorgamiento de la Distinción o Premio se regulará mediante el correspondiente Reglamento.
Artículo 100. Concursos.
La Junta de Gobierno podrá organizar y convocar, por si sola o a propuesta de cualquiera de
las comisiones del Colegio, concursos técnicos, literarios, científicos o artísticos de cualquier
tipo.
A tal efecto, la Junta de Gobierno elaborara las bases y/o condiciones que serán publicadas
mediante circular, publicación colegial o externa, tablón de anuncios y página web del Colegio,
del concurso de que se trate, expresando las personas, entidades o instituciones que puedan
concurrir, el plazo, forma, condiciones y lugar de presentación de los trabajos, el premio o
premios con que se galardonarán los trabajos y modo y lugar de entrega de los premios.
Los premios a los trabajos podrán consistir en:
— Premio en metálico de primera clase.
— Premio en metálico de segunda clase.