Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024060081)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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— Autorizar con su firma las actas y documentos colegiales que lo requieran.
— Realizar cuantas funciones le encomienden los Estatutos y Reglamentos internos, así
como todas aquéllas no atribuidas específicamente a ningún otro órgano colegial.
— Ejercer la dirección del Colegio, de acuerdo con los órganos de éste, velando en todo
momento por su más eficaz desarrollo y por el cumplimiento de los acuerdos colegiales.
Artículo 57. El Secretario.
El Secretario tendrá las siguientes funciones y facultades:
— Ostentar la Secretaría General del Colegio.
— Convocar, a propuesta del Presidente, las reuniones de los distintos órganos de gobierno, suscribiendo las citaciones correspondientes.
— Dar lectura a las convocatorias, orden del día, certificación de acuerdos, actas y documentación de la Junta General de colegiados, Juntas de Gobierno y Junta Ejecutiva.
— Redactar y firmar las Actas de las Juntas Generales de colegiados, Juntas de Gobierno
y Junta Ejecutiva, llevando y custodiando sus correspondientes Libros de Actas.
— Llevar y custodiar los libros necesarios para el mejor y más ordenado servicio, debiendo
existir al menos los siguientes libros:
Libro de actas de Junta General, en el que constaran las actas correspondientes a las
juntas generales celebradas, ordinarias y extraordinarias, expresándose el orden del
día de cada junta, los acuerdos adoptados, las distintas intervenciones y su contenido
con el mejor detalle posible y el momento de su aprobación.
Libro de actas de Junta de Gobierno, en el que constaran las actas correspondientes
a las sesiones de las juntas de gobierno celebradas, expresándose el orden del día de
cada junta, los acuerdos adoptados, las distintas intervenciones y su contenido con el
mejor detalle posible y el momento de su aprobación.
Libro de actas de Junta Ejecutiva, en el que constaran las actas correspondientes a las
sesiones de las juntas de gobierno celebradas, expresándose los asuntos tratados, las
distintas intervenciones y su contenido con el mejor detalle posible y el momento de su
aprobación.
Libro registro de colegiados, en el que se consigne el historial de los colegiados dentro
del colegio, su número de orden, sus titulaciones, domicilio profesional, altas, bajas,
suspensiones, honores, premios, incidencias y, en su caso, sanciones disciplinarias.