Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2024060161)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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c) Cumplir las condiciones económicas, técnicas y de gestión que se negocien para cada
espectáculo.
d) Poner a disposición de la Red, al menos, dos espacios transitados de la vía pública de
la localidad para que se puedan instalar los elementos que se requieran en la difusión y
programación de las actividades de la Red.
e) Poner a disposición de las compañías las infraestructuras necesarias para el desenvolvimiento efectivo de cada actividad contratada.
f) Abonar el caché que corresponda, así como cualquier otro derivado del desarrollo de la
actividad, incluidos los derechos de autor generados por las representaciones programadas.
g) Realizar los pagos a las compañías en el plazo máximo estipulado por la ley tras la
recepción de la factura correspondiente, o en un plazo inferior según el período de
ejecución de las actividades y las necesidades de justificación establecidas en esta
resolución.
h) C
 omunicar a la consejería cualquier alteración o modificación de la programación.
i) Organizar las actividades programadas, encargándose de la contratación y de los contactos pertinentes con las empresas.
j) Realizar la promoción local y comarcal de su programación, debiendo hacer constar en
toda la publicidad que realice los anagramas de las instituciones organizadoras.
k) Remitir a la consejería y a las empresas contratadas con antelación suficiente los cambios o limitaciones que pudieran producirse en el uso de los espacios escénicos.
l) Remitir a la consejería, en los cinco días hábiles posteriores a la celebración de la actuación, un modelo de ficha-informe (anexo II) debidamente cumplimentado en todos los
apartados.
m) Estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener
deudas con la Hacienda Autonómica.
n) Cobrar entrada en todas las actividades de artes escénicas y musicales programadas,
excepto para los espectáculos denominados “de calle”, definidos por la Comisión técnico
artística y de seguimiento como tales.
o) En el lugar y la fecha en que se lleve a cabo la actividad programada, deberá estar
presente un representante del ayuntamiento para recibir al grupo y facilitar la carga/
descarga, corte de calles, aparcamientos, así como el resto de personal necesario acordado con la compañía.