Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2024060161)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2024.
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Miércoles 17 de enero de 2024

p) Justificar la ayuda concedida en los términos, forma y plazos establecidos.
q) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas para la
misma finalidad, procedentes de cualquier administración pública o entes públicos. Esta
comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
r) Cumplir con las obligaciones de publicidad, de conformidad con lo establecido con las
especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
s) Aportar, a su cargo, los locales, material, así como todos los recursos y medios necesarios para el desarrollo de la actividad. En todo caso, la contratación de las empresas o
profesionales no generará en ningún caso relación laboral entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y los profesionales contratados para llevar a cabo los programas
de la red de teatros y otros espacios escénicos de la entidad beneficiaria.
t) Cumplir el resto de las condiciones establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
u) Realizar las actividades programadas y subvencionadas única y exclusivamente dentro
de los recintos incorporados a la red para los que se concedió la subvención, excepto
los espectáculos denominados “de calle”, definidos por la Comisión técnico artística y de
seguimiento como tales.
Decimosexto. Efectos.
La convocatoria producirá efectos a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura de la convocatoria y del extracto a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante este mismo órgano o ante la Consejera de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en los 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que
consideren procedente.
Mérida, 28 de diciembre de 2023.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO