Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2024060089)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa sin convocatoria, de una subvención a Cooperativas Agroalimentarias, Unión Coop., para la financiación de actuaciones de capacitación digital en el ámbito del cooperativismo agroalimentario extremeño, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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Miércoles 17 de enero de 2024

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• Evaluar y acreditar las competencias digitales de los destinatarios de la formación, los
cuales deben obtener un certificado que verifique la realización de la formación de forma
exitosa.
• Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la presente Resolución, Cooperativas
Agro-alimentarias debe acreditar con carácter previo a cada uno de los pagos que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda
del Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social.
• Comunicar a la Dirección General de Desarrollo Rural la percepción, en su caso, de otras
subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones públicas o
entes públicos o privados.
• Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que demande la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
• Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos de
control financiero competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y,
en su caso, de los correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la
legalidad vigente reguladora de esta materia.
• Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas durante un plazo
de 4 años, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control por
cualquiera de las Administraciones Publicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
• Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con
lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica
el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de
Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero por el que se aprueba la
Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por el Decreto 44/2016, de 12
de abril, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la Junta de
Extremadura a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello de conformidad
con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal. Asimismo, Cooperativas Agro-alimentarias tendrá, en materia de publicidad, que cumplir con las obligaciones relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la normativa europea y