Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024060071)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos del Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del VIII Convenio Colectivo para el personal de CCOO de Extremadura 2022-2025.
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NÚMERO 11

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Martes 16 de enero de 2024

— Adelanto económico inmediato para las necesidades que puedan derivar de su situación
como víctima de violencia de género.
Serán nulos los despidos de las víctimas de violencia por el ejercicio de los derechos antes
mencionados.
Capítulo III
Formación
Artículo 42. Formación Profesional.
Las partes firmantes de este convenio reconocen como derecho derivado de la relación laboral
el derecho a la formación y promoción en el trabajo.
La organización facilitará la formación y la promoción profesional de la plantilla, especialmente para la realización de estudios para la obtención de títulos académicos o profesionales de
carácter oficial. Así mismo, facilitará el acceso a quienes lo soliciten para la realización de
actividades formativas de mejora y perfeccionamiento profesional que organice el sindicato u
otros organismos, siempre que dichas actividades estén relacionadas con el ámbito de actuación de esta organización.
A la firma del convenio, se constituirá una Comisión Paritaria de Formación, formada por dos
miembros de la dirección y dos de la RLT, para el diseño, aprobación y puesta en marcha de
un Plan de Formación para todo el personal afectado por este convenio.
Los objetivos de la Formación Profesional son:
1. E
 l desarrollo profesional y personal de los mismos.
2. La adaptación a los cambios, motivados tanto por los avances tecnológicos como por
nuevas formas de organización del trabajo.
3. L
 a eficacia en el desarrollo de sus funciones.
4. La integración en la organización facilitando el conocimiento y desarrollo de habilidades
necesarios para el mejor desempeño en sus actuales y futuros puestos de trabajo.
A través del Plan de Formación, la organización:
● Estudiará las necesidades formativas de la plantilla.
● Promoverá acciones formativas para la mejora, actualización y reciclaje de la plantilla en
materias de interés profesional relacionadas con las actividades propias del sindicato o
que permitan la promoción profesional del personal.