Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2024060080)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se regula la constitución y funcionamiento de los órganos colegiados del procedimiento selectivo para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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1.3. E
 l tribunal.
1.3.1. 
Composición.
El número de tribunales dependerá en cada caso del número de aspirantes en cada
especialidad.
La composición de los tribunales está establecida en el artículo 7.2 del Real Decreto
276/2007, de 23 de febrero, fijándose el número de personas que compondrá en cinco.
En los tribunales se fijan las siguientes responsabilidades:


— Presidencia, ocupada por una persona designada directamente por la Dirección General de Personal Docente.

— Secretaría.


— Tres vocalías.

Para cada tribunal se designará, por igual procedimiento, un tribunal suplente.


1.3.2. F
 unciones del tribunal.



Serán funciones de los tribunales:



a) La evaluación y calificación de las distintas pruebas de la fase de oposición siguiendo
las directrices fijadas por la comisión de selección.

b) La adopción de medidas determinadas por la comisión de selección en cuanto a
adaptaciones para personas con discapacidad.


c) El desarrollo del proceso selectivo de acuerdo a lo establecido por la Resolución que
lo convoca.



d) El estudio y resolución de las reclamaciones presentadas contra las pruebas de la
fase de oposición.



e) L
 a comprobación de los requisitos de las personas aspirantes.



f) La propuesta a la Dirección General de Personal Docente de la exclusión del proceso
selectivo de quienes lleven a cabo cualquier actuación fraudulenta durante el proceso
selectivo.



g) El cumplimiento de las directrices en cuanto a organización, dictadas desde la Dirección General de Personal Docente.