Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023064541)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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Lunes 15 de enero de 2024

Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son
conferidas y habiendo sido autorizada esta convocatoria por acuerdo del Consejo de Gobierno de
fecha 27 de diciembre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 y 23.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad de la subvención.
Por medio de la presente resolución se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio
2024, mediante tramitación anticipada, de las subvenciones previstas en el título II del Decreto 251/2008, de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria para la contratación inicial de los
mismos (DOE núm. 245, de 19 de diciembre), modificado por Decreto 269/2011, de 11 de
noviembre (DOE núm. 221, de 17 de noviembre), por el Decreto 94/2012, de 1 de junio (DOE
núm. 109, de 7 de junio), por Decreto 282/2015, de 2 de octubre (DOE núm. 195, de 8 de
octubre), y por Decreto 110/2016, de 19 de julio (DOE núm. 142, de 25 de julio).
Dicha convocatoria tiene por objeto prorrogar la subvención para la contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Beneficiarios.
1. P
 odrán ser beneficiarios/as de las subvenciones previstas en la presente convocatoria los
Ayuntamientos, las Mancomunidades de municipios, las Diputaciones Provinciales, y sus
Entidades dependientes o vinculadas, de la Comunidad Autónoma de Extremadura que hayan sido beneficiarios/as de estas subvenciones en la última convocatoria y que mantengan
la contratación del Agente de Empleo y Desarrollo Local.
2. N
 o podrán obtener la condición de beneficiarios/as de las subvenciones previstas en la
presente resolución las entidades que se encuentren en alguno de los supuestos previstos
en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Al objeto de acreditar los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán una declaración responsable, dirigida al órgano que ha de conceder la
subvención, que se acompañará a la solicitud de concesión de esta.
Tercero. Acción subvencionable.
1. P
 odrán ser beneficiarios/as de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las
entidades relacionadas en el apartado segundo de la presente convocatoria que mantengan
la contratación del Agente de Empleo y Desarrollo Local, cuya misión principal es colaborar