Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064559)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses
a computar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 8,14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa administrativa.
No obstante, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de ejercitar cualquier otro medio
de impugnación que se estime procedente.
5. L
 a notificación de los actos administrativos necesarios para la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará
mediante comparecencia en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el apartado anterior y únicamente a efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de ayuda, mediante el cual se le
indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del
apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica, http//sede.juntaex.es, de la Junta
de Extremadura.
6. La resolución de concesión contendrá la entidad solicitante a la que se concede la subvención, el objeto o actividad subvencionada, las obligaciones o condiciones impuestas a la
entidad beneficiaria y las menciones de identidad y publicidad.
Séptimo. Criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las
subvenciones.
1. El importe de la subvención podrá alcanzar el 100 % del coste total de realización de las
actividades subvencionables.
2. En el caso de la prestación de servicios de atención temprana y habilitación funcional la
cuantía máxima anual a conceder por persona usuaria/tratamiento será de 3.390,59 euros
para el servicio de Atención Temprana y de 2.396,68 euros para el servicio de Habilitación
Funcional, determinándose la cuantía individualizada en proporción al número de plazas
subvencionadas por la Consejería competente en materia de servicios sociales, así como al
número de días que se preste el servicio.