Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064559)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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2.2. Vocalías:


— D.ª Sofía Olaso Miñón, Jefa de Sección de Asuntos Generales.



— Suplente: D. ª María Belén Gutiérrez González, Titulada de Grado Medio, especialidad
Trabajo Social adscrita a la Sección de Administración General.



— D.ª Manuela González Delgado, Jefa de Sección de Administración General.

— Suplente: D. ª María Isabel Ramos Amaya, Titulada de Grado Medio, especialidad
Trabajo Social adscrita a la Sección de Administración General.
2.3. Secretaría:


— D.ª Genoveva Gil González, Jefa de Sección de Gestión de Convenios y Subvenciones, que actuará con voz, pero sin voto.



— Suplente: D. Tomás Izquierdo Romero, Titulado de Grado Medio, especialidad Técnico en Administración General adscrito a la Sección de Gestión de Convenios y Subvenciones.

En el caso de ausencia justificada o conflicto de intereses de las personas que componen
la Comisión de Valoración, por parte de la Dirección Gerencia se procederá a nombrar a los
sustitutos de los mismos mediante resolución que será publicada en el DOE.
3. La Comisión de Valoración podrá requerir la asistencia de técnicos responsables de la gestión de los distintos servicios cuando así se estime conveniente.
4. La persona titular de la Jefatura de Unidad de Gestión de Programas Asistenciales del
SEPAD, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la
propuesta de resolución, debidamente motivada. Dicha propuesta no podrá separarse del
informe de la Comisión de Valoración.
La concesión de subvenciones será resuelta y notificada por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia en el plazo máximo de tres meses contado a partir de la fecha en que la solicitud
haya tenido entrada en el órgano competente para su tramitación. La falta de notificación
de la resolución expresa legitima a la entidad interesada para entenderla desestimada por
silencio administrativo. Frente a la resolución expresa del procedimiento, que pone fin a
la vía administrativa, la entidad interesada podrá interponer recurso de reposición ante la
persona titular de la Dirección Gerencia del SEPAD en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley