Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064559)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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Lunes 15 de enero de 2024

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3. En el resto de los supuestos de mantenimiento de plazas, el importe de la subvención a
conceder por la Consejería competente en materia de servicios sociales vendrá determinado por el resultante de la diferencia entre el coste de la plaza y la aportación de cada
persona usuaria, establecida en el artículo 27 de la Orden de 5 de junio de 2023 por la que
se aprueban las bases reguladoras, multiplicado por el número total de plazas subvencionadas por un máximo de 220 días de atención diurna, y un máximo de 365 días de atención
para los servicios residenciales. En el caso de que la prestación del servicio se realice por
un periodo inferior, se realizará el correspondiente prorrateo.
4. S
 e establece como coste máximo de las plazas a financiar para cada tipo de servicio y perfil
de persona usuaria el siguiente:
a) Plazas en Residencias de Apoyo Extenso o Generalizado:


— Servicio Residencial de Apoyo Extenso o Generalizado, máximo 57,96 euros/día.



— Servicio Residencial de Apoyo Extenso o Generalizado, que atiende a personas con
discapacidad con alteraciones graves y continuadas de conducta reconocida por los
Centros de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 75,64 euros/día.



— Servicio Residencial de Apoyo Extenso o Generalizados que atiendan a personas con
parálisis cerebral reconocida por los Centros de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 75,64 euros/día.



— Servicio Residencial de Apoyo Extenso o Generalizado que atiendan a personas con
trastorno del espectro autista reconocida mediante por los Centros de Atención a la
Discapacidad en Extremadura (CADEX), máximo 75,64 euros/día.

La Secretaría General de la Consejería competente en materia de servicios sociales, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en esta resolución de convocatoria, para
aquellos servicios de Residencia de Apoyo Extenso o Generalizado cuyas personas usuarias
atendidas sean, como mínimo, en un 75 %, personas con parálisis cerebral o personas
con trastorno del espectro autista, podrá incrementar las cuantías señaladas en los dos
últimos apartados anteriores como máximo, hasta la cuantía resultante de dividir el crédito
sobrante tras la aplicación de aquéllas a todas las beneficiarias entre el número total de
personas usuarias atendidas por los servicios incluidos en este supuesto, teniendo como
límite la cuantía del gasto justificado por la entidad interesada afecto a la prestación de
dichos servicios referido a la anualidad anterior, y relativos a la contratación de personal
de atención directa destinado a la prestación de tratamientos de habilitación funcional y
tareas de persona cuidadora, y que no quede cubierto por las cuantías fijadas anterior-