Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064559)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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2024 por un importe total de 12.902.250,00 euros, en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
— Para Ayuntamientos que presten servicios sociales especializados a personas con
discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura:
110060000/G/232A/46000/CAG0000001/20100327 (centros de día para discapacitados)

importe: 89.607,00 €;

110060000/G/232A/46000/CAG0000001/20100328 (residencias y pisos tutelados
para discapacitados) importe: 317.913,00 €;
110060000/G/232A/46000/CAG0000001/20100329 (centros ocupacionales para
personas con discapacidad) importe: 173.263,00 €;


— Para entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados
a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura:

110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100325 (servicio de atención temprana
dirigido a discapacitados) importe: 1.012,862,00 €;
110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100326 (servicio de habilitación funcional dirigido a discapacitados) importe: 1.770.491,00 €;
110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100327 (centros de día para discapacitados) importe: 881.482,00 €;
110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100328 (residencias y pisos tutelados
para discapacitados) importe: 7.908.461,00 €;
110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100329 (centros ocupacionales para
personas con discapacidad) importe: 748.171,00 €;
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 4.3 de la Orden
de 5 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, esta cuantía podrá
aumentarse con el límite de los créditos consignados en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2024.
No obstante, en los supuestos en que no se efectúen las modificaciones correspondientes
y se produzca el agotamiento del crédito consignado en esta convocatoria, se declarará
terminado el plazo de vigencia de la misma por Resolución de la Secretaría General de la