Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064557)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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Tercero. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta resolución será el de
concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica. El procedimiento de concurrencia
competitiva comprenderá una fase de comprobación de las solicitudes presentadas con la
finalidad de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios objetivos
de otorgamiento señalados en esta convocatoria. En caso de empate en la puntuación obtenida, se determinará el orden de prelación en función de la fecha y hora de presentación de
las solicitudes.
Cuarto. Forma, plazo de presentación y subsanación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución
de convocatoria y del extracto a que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pudiendo ser objeto
de ampliación en función de las circunstancias concurrentes en la resolución de convocatoria.
2. La solicitud se formalizará de acuerdo con el modelo normalizado que se establece como
anexo I, de esta resolución que deberá acompañarse de la documentación que se señala
en el resuelvo quinto siguiente.
3. La entidad solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en
el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es),
con la información requerida y adjuntar los documentos que correspondan.
La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de su representante, quien
deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico que permita garantizar su identidad
y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de
certificado digital o DNI electrónico deben estar correctamente configurados y validados
para su uso en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites. En el
caso de que la persona que ostenta la representación legal no cuente con dichos medios de
autenticación, podrá obtener los mismos en la siguiente dirección:

https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009http://www.cert.fnmt.es/
La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea
registrada por la entidad solicitante o su representante a través del Registro Electrónico
General de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es), e irá dirigida a la Dirección
Gerencia del SEPAD (Unidad de Gestión de Programas Asistenciales).