Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064542)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Lunes 15 de enero de 2024

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4. Mayor número total de participantes del programa de formación, computándose a tal
efecto los participantes de las acciones incluidas en el programa que cumplan los requisitos técnicos.
5. Orden cronológico de entrada en el registro, priorizando, en caso de igualdad, aquella
solicitud que aparezca registrada en primer lugar en la aplicación informática “FOCUS
Formación Ocupados SEXPE” habilitada en la web del Servicio Extremeño Público de
Empleo.
Decimotercero. Órganos competentes para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión.
1. El órgano de ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones
previstas en la presente resolución será el Servicio de Formación para el Empleo, adscrito
a la Dirección General de Formación para el Empleo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos
en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
El órgano instructor deberá emitir un informe en el que conste que de la información que
obra en su poder se desprende que los beneficiarios de las subvenciones cumplen todos
los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
2. Con arreglo a lo previsto en el artículo 33 de la Orden de 23 de septiembre de 2020, en
la instrucción del procedimiento de concesión, se practicarán las siguientes actuaciones:
a) Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración a que se refiere el artículo
33.2 de la citada orden, deberá emitir informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
Según el citado precepto, la Comisión de Valoración estará formada por la persona que ocupe la Jefatura del Servicio de Formación para el Empleo, quien actuará como Presidente/a, y
las dos personas que ocupen la Jefatura de Sección de Formación para el Empleo y la Jefatura de Sección de Formación para el Empleo II, actuando una de ellas, como secretario/a,
de acuerdo con la designación efectuada por la presidencia de la Comisión.
Una vez publicada la presente resolución de convocatoria, el Servicio de Formación para
el Empleo procederá a dar la oportuna publicidad de los miembros que componen la
Comisión de Valoración en la página web del Servicio Extremeño Público de Empleo.
b) El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se