Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064542)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Lunes 15 de enero de 2024

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II. Criterios de Minoración.
1. Grado de ejecución y de cumplimiento por el solicitante de las condiciones impuestas en
la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de formación
dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, determinado en virtud de
resolución firme en vía administrativa, con respecto a la última convocatoria con datos
consolidados.
La valoración obtenida de acuerdo con los criterios anteriores, se reducirá de acuerdo
con los siguientes parámetros:


— Cuando la ejecución y cumplimiento de condiciones se sitúe entre el 50 % y el 80 %,
la reducción será de 5 puntos.



— Cuando la ejecución y cumplimiento de condiciones se sitúe entre el 25 % y el 49,9
%, la reducción será de 10 puntos.



— Cuando se hubiere se renunciado a la subvención concedida y cuando la ejecución y
cumplimiento de condiciones fuese inferior al 25 %, la reducción será de 15 puntos.

A efectos de la aplicación de este criterio, una entidad no podrá ser penalizada dos veces por el mismo incumplimiento.
2. L
 a falta de presentación de la certificación prevista en último párrafo del apartado octavo, punto 2 h), de la presente resolución por los centros o entidades beneficiarios de
las referidas subvenciones conllevará la reducción de la valoración obtenida conforme a
los criterios anteriores de 15 puntos.
III. Criterios de Desempate.
En caso de igualdad de puntuación entre varios programas de formación de distintos solicitantes se aplicarán los siguientes criterios de desempate, relacionados por orden de
prelación:
1. Mayor puntuación en el criterio A) (Adecuación a la oferta formativa del programa de
formación).
2. M
 ayor puntuación en el criterio B) (Capacidad acreditada de la entidad solicitante para
desarrollar el programa presentado).
3. Mayor puntuación en función del criterio C) (Participantes correspondientes a colectivos
prioritarios).