Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023064418)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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5. Las ayudas previstas en la presente Resolución se hallan acogidas al régimen de mínimis,
sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de
18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de
diciembre), no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros
durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Decimocuarto. Obligaciones del beneficiario.
La concesión de la ayuda implica la aceptación, por parte del beneficiario, de las siguientes
obligaciones:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice el órgano
instructor y de ordenación del procedimiento, la Intervención General de la Junta de
Extremadura y el Tribunal de Cuentas, aportando para ello cuanta información le sea
requerida.
b) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
c) Comunicar al órgano instructor y de ordenación, en el momento en que se produzca,
cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad o proyecto subvencionado y que
afecte a su realización.
d) Admitir las medidas de evaluación y seguimiento que sobre la aplicación de las canti­
dades concedidas se efectúen por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital.
e) D
 isponer de los estados contables y registros legalmente exigidos, con la finalidad de
garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, inclui­
dos los documentos electrónicos, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
g) Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en re­
lación con todas las transacciones realizadas con la operación a fin de garantizar la
adecuada justificación de la subvención, todo ello sin perjuicio de las normas de conta­
bilidad nacional.
h) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o
en la resolución de concesión.