Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Becas De Viaje. Ayudas. (2024060036)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan becas de viaje para personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión Europea, para el ejercicio 2024.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

2114

La convocatoria pública de estas ayudas se realizará mediante resolución de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y se publicará junto con
un extracto de la misma en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial
de Extremadura, en el Portal de Subvenciones y en el Portal de Transparencia de la Junta de
Extremadura.
Quinto. Presentación de solicitudes y plazo.
1. Las personas solicitantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de presentación de solicitudes:
a) Utilizando el modelo normalizado de solicitud, establecido en el anexo I (disponible en el
Portal Juntaex.es cuya dirección es http://www.juntaex.es), junto con la documentación
que deba acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica
de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf ), o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo16.4.a
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b) En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas en el
artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema
de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
3. La solicitud presentada fuera de plazo será inadmitida mediante resolución de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y será notificada a la persona representante y a las integrantes del Grupo de Viaje de
acuerdo con lo establecido en la normativa básica estatal.
4. Frente a la resolución de inadmisión, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente a la fecha de su notificación.