Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Becas De Viaje. Ayudas. (2024060036)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan becas de viaje para personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión Europea, para el ejercicio 2024.
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Viernes 12 de enero de 2024

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2. Tendrán la condición de extremeñas aquellas personas de nacionalidad española que residan en Extremadura o que tengan la consideración de persona extremeña en el exterior
en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 2 de la Ley 6/2009, de 17 de
diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior lo cual será acreditado mediante
el Certificado de Persona Extremeña en el Exterior vigente a fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
Tercero. Beca de Viaje.
1. L
 a beca de viaje consistirá, para cada una de las personas beneficiarias, en un importe
económico igual para todas ellas, que será determinado en esta convocatoria como la suma
de los siguientes conceptos:
a) El importe destinado a la adquisición de un pase de viaje Interrail.
Dado que la oferta anual de Interrail tiene carácter variable, esta convocatoria determinará cuál ha de ser el Pase de Viaje Interrail mínimo que habrán de adquirir las personas que resulten beneficiarias de la Beca. En consecuencia, la convocatoria especificará
la modalidad del pase de viaje Interrail mínimo, que no podrá tener una duración inferior a 15 días ni superior a 30, siempre de acuerdo con la oferta anual de Interrail, y
sujeto a las disponibilidades presupuestarias.
b) El importe destinado para la contratación de un seguro de viaje, cuyo coste estará en
dependencia de las coberturas que determine esta convocatoria, que, como mínimo,
serán las de asistencia en viaje (incluyendo repatriación), accidentes colectivos y responsabilidad civil.
c) El importe destinado a contribuir a los gastos que se deriven de la realización del Plan
de Viaje (“bolsa de viaje”), que se establece en la cantidad de 300,00 euros.
2. E
 l importe unitario de la Beca de Viaje no podrá superar, en ningún caso, los 1.200 euros.
3. Las becas de viaje serán compatibles con cualquier otra beca, subvención, ayuda de cualquier entidad pública o privada, nacional o extranjera y de la Unión Europea o de otro
organismo internacional, siempre que no esté destinada a la financiación del pase de viaje
de Interrail o del seguro de viaje.
Cuarto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
Las becas se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva y convocatoria
periódica, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo.