Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023040391)
Decreto 290/2023, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU- y se aprueba la única convocatoria para 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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— La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información
sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite.
Las personas o entidades interesadas deberán disponer para la autenticación y para la
firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, podrán ser obtenidos en las direcciones electrónicas siguientes:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRFI_Cons02.action?pag=REF_009 y
http://www.cert.fnmt.es/, según lo establecido en el Decreto 255/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Junta de Extremadura que
indica, en sus artículos 34 y 35, que las personas físicas, las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en
la sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación
basados en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora
admitidos y po­drán actuar electrónicamente mediante el uso del sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido. En caso de personas físicas también
podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación incorporados al Documento
Nacional de Identidad, así como podrán actuar electrónicamente mediante el uso del
sistema de firma electrónica incorpo­rado al Documento Nacional de Identidad.
Adicionalmente, si el solicitante es persona física, podrá efectuar la presentación de
modo presencial en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 7.1 del
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro
Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No obstante, las personas físicas, en caso de optar por la presentación de medios electrónicos, tendrán derecho a que se les preste asistencia en el uso de medios electrónicos a través de las oficinas de atención a la ciudadanía según lo dispuesto en el artículo
12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Adminis­traciones Públicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en
el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos
exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la
falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera,