Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023040391)
Decreto 290/2023, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU- y se aprueba la única convocatoria para 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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31.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
6. S
 in perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, en caso de no cumplir con la calendarización de actuaciones y con los objetivos previstos, así como los principios y obligaciones
o cualquier otro aspecto derivados del Reglamento UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como en el resto de normativa de la Unión Europea que sea de
aplicación, en particular el incumplimiento del principio de “no causar daño significativo”,
se iniciará el procedimiento para la determinación del incumplimiento total y del reintegro.
7. L
 a resolución que ponga fin al procedimiento motivará, según los casos, la procedencia del
abono de la subvención o que se proceda al reintegro total de las cantidades percibidas y
la exigencia del interés de demora correspondiente.
Artículo 20. Régimen de compatibilidad.
Las ayudas otorgadas en el ámbito de este decreto podrán acumularse con cualquier otra
ayuda pública, siempre que se refiera a costes financiables identificables diferentes, así como
con cualquier otra ayuda pública correspondiente parcial o totalmente a los mismos costes
financiables, únicamente si tal acumulación no supera la intensidad de ayuda máxima o el
importe de ayuda más elevado aplicables a dicha ayuda conforme a las posibilidades indicadas
en la base 17.11 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022.
En todo caso, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, las reformas y los proyectos de inversión que se financien con cargo al Mecanismo de
Recuperación podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre
que dicha ayuda no cubra el mismo coste.
Artículo 21. Información y publicidad.
1. La solicitud de la subvención implica la aceptación de lo dispuesto tanto en la normativa nacional como europea y obligará a cumplir las responsabilidades en materia de información
y publicidad establecidas en el Manual de Imagen Corporativa de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo de
29 de marzo de 2022.
2. Q
 uien se beneficie de la ayuda incluidos empresas, entidades o personas contratistas o
subcontratistas, informarán al público del origen de la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y velarán por darle visibilidad.