Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023040391)
Decreto 290/2023, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU- y se aprueba la única convocatoria para 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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f) La inversión en equipos y materiales efectuada.
g) Los costes de redacción de informes requeridos para la solicitud y justificación de estas
subvenciones.
h) L
 os costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones objeto de la
subvención que incluyen aquellos gastos que la persona beneficiaria de la subvención
pudiera satisfacer a empresas o profesionales por llevar a cabo la gestión técnica, administrativa y documental de la justificación ante el órgano instructor de la realización
de las actuaciones que conforman el proyecto.
i) El coste del informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la
subvención, emitido por un organismo de control o entidad de control.
j) Otras partidas necesarias específicas de cada tipología de actuación.
k) Los gastos correspondientes a la retirada del amianto cuando por motivo de la actuación
sea necesario retirar aquellos productos de construcción que contengan amianto. La retirada deberá realizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 396/2006, de 31
de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, por una empresa legalmente
autorizada.
l) Los costes para implantar las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir los
criterios de la “Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de
no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”, publicada por el Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
m) 
Los costes correspondientes a actuaciones preparatorias que sean necesarios para
presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones, como pueden
ser proyecto, memorias técnicas, o certificados, que sí podrán ser considerados subvencionables, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad, siempre que, en
todo caso, estas actuaciones preparatorias se hubieran iniciado con fecha posterior a 1
de enero de 2021.
n) E
 n el caso de las instalaciones de geotermia, se considerarán costes elegibles, además
de los ya indicados, los siguientes conceptos: la inversión en equipos efectuada, los
costes de ejecución de la instalación, la obra civil asociada e instalaciones auxiliares
necesarias, así como, el coste de la realización de los estudios, ensayos, sondeos y
simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación, sondeos,