Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064551)
Resolución de 27 de de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de perreras y cuadras en el alojamiento rural Los Tres Lugares", cuya promotora es Los Tres Lugares, SL, en el término municipal Eljas (Cáceres). Expte.: IA23/0566.
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Jueves 11 de enero de 2024

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que dicha variación requiere de autorización previa por parte de este organismo, y es
también a este a quien deberá solicitarse.
En lo referente a saneamiento y vertidos, la documentación indica que “La evacuación
de las aguas fecales del mismo, se realiza mediante fosa séptica dimensionada para la
ocupación. Esta fosa puede acoger por capacidad, tanto los residuos de todo el alojamiento como la de las cuadras. Como se ha visto serán estancas y su mantenimiento y
gestión de los residuos será tratado por empresa especialista y homologada. Las aguas
de las perreras serán depuradas mediante una fosa estanca individual tal y como se
ha visto en el punto anterior. Las aguas pluviales procedentes de la cubierta se recogen en canalones y se conducen por bajantes a la red de saneamiento”. Por tanto, el
sistema de saneamiento de aguas residuales, no tendrá evacuación de ningún tipo al
medio exterior y su vaciado periódico se realizará por medio de un gestor autorizado.
En consecuencia, no se estaría produciendo un vertido al dominio público hidráulico de
acuerdo con lo establecido en el artículo 100 del texto refundido de la Ley de Aguas (en
adelante TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en
el artículo 245 y siguientes el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en adelante
RDPH) aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por lo que no sería necesario, por tanto, el otorgamiento por parte de este organismo de la autorización de vertido
que en dicha normativa se establece.
En cualquier caso, las conducciones de las redes de saneamiento deberán ser estancas,
para evitar infiltración de las aguas residuales a las aguas subterráneas. Por otro lado,
en el caso de que se contemple ejecutar un drenaje de aguas pluviales, esta Confederación Hidrográfica del Tajo indica:
• La red de saneamiento se recomienda que sea separativa (red de saneamiento de
aguas residuales separada de la red de drenaje de aguas pluviales). En el supuesto
de que vaya a realizarse una red unitaria, se deberá disponer de algún método o dispositivo (por ejemplo, depósito Anti – DSU o tanque de tormentas, etc.) cuya función
sea evitar el vertido de contaminantes al medio receptor durante sucesos de lluvia.


• En cualquier caso, se recomienda el empleo de técnicas de drenaje de aguas pluviales
sostenible.

Asimismo, se informa que deberá realizarse una adecuada gestión para evitar que las
aguas de escorrentía pluvial incorporen contaminación adicional susceptible de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico,
sin comprometer la consecución de los objetivos medioambientales y el cumplimiento
de las normas de calidad ambiental establecidas en el medio receptor conforme a la
legislación de aguas.