Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064554)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 25,78 ha de olivar en las parcelas 25, 26, 29, 30, 45 y 46 del polígono 510", del término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/0753.
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Lunes 8 de enero de 2024

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No obstante, no se tiene constancia de la presencia de yacimientos arqueológicos en la
zona de actuación.


3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.

Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio de realización del
proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de utilidad pública.


3.3.10. Consumo de recursos y cambio climático.

Durante la fase de funcionamiento y debido a la existencia del cultivo agrícola leñoso,
se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al consolidarse la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua. Las aguas subterráneas
para el riego proceden de tres sondeos, solicitándose un total de 40.835,09 m3/año en
dos concesiones que se tramitan con n.º de expediente 9106/2010 y 5813/2013. Las
dotaciones del cultivo de olivar se establecen con un valor de 1.583,98 m3/ha-año.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana informa sobre la existencia o inexistencia
de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas y sobre la
compatibilidad de la solicitud con el Plan Hidrológico de cuenca, indicando que existirían
recursos hídricos suficientes y que las solicitudes son compatibles con el Plan Hidrológico de cuenca, siempre que se acredite la disponibilidad de recursos indicada en su
propio informe.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución de las
solicitudes de concesión de aguas subterráneas, las cuales deberán tener en cuenta el
condicionado establecido en el presente informe.


3.3.11. Población y medio socioeconómico.

Respecto a estos factores, el impacto se considera positivo por la generación de empleo
y de la actividad económica. Efectivamente, una hectárea promedio de secano emplea
sólo 0,037 unidades de trabajo agrario (UTA, equivalente al trabajo generado por una
persona en un año), mientras que una hectárea de regadío necesita 0,141 UTA. Por
tanto, se contribuirá a asentar la población e incrementar la renta media. Cabe destacar
que el regadío no solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también
que esta sea más segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que per-