Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064538)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de Eco Glamping Cerros Altos, en el término municipal de San Vicente de Alcántara (Badajoz). Expte.: IA22/1898.
32 páginas totales
Página
NÚMERO 4
Viernes 5 de enero de 2024

1096

2. L
 a edificabilidad máxima de la parcela será de 0,02 m2/m2 (artículo 3.2.5.5 del planeamiento municipal).
3. L
 a ocupación máxima será el 2% de la superficie total de la parcela (artículo 3.2.5.5 del
planeamiento municipal).
4. L
 as edificaciones deben respectar una distancia a linderos de 5 metros (artículo 3.2.4.7
y artículo 3.2.4.6 del planeamiento municipal).
5. L
 as edificaciones deben respetar una distancia mínima de 15 metros a ejes de caminos
y 25 metros a las carreteras (artículo 3.2.4.7 y artículo 3.2.4.6 del planeamiento municipal)
6. L
 as edificaciones se situarán a una distancia de 200 metros del límite del suelo urbano o
urbanizable y a 75 metros a la vivienda más cercana (artículo 3.2.4.7 y artículo 3.2.4.6
del planeamiento municipal).
7. L
 a edificación se desarrollará en un máximo de 2 plantas (artículo 3.2.4.7 y artículo
3.2.4.6 del planeamiento municipal).
8. L
 a altura máxima de la edificación será de 6,5 metros a cumbrera (artículo 3.2.4.7 y
artículo 3.2.4.6 del planeamiento municipal).
Tercero. Respecto del contenido de la calificación rústica previsto por los artículos 65 a 70,
ambos incluidos, de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS):
1. El importe del canon a satisfacer será un mínimo del 2% del importe total de la inversión realizada en la ejecución, que será provisional hasta que se finalice la obra y será
definitivo con la liquidación de las mismas.
2. L
 a superficie de suelo requerida para la calificación rústica quedará vinculada legalmente a las edificaciones, construcciones e instalaciones y sus correspondientes actividades
o usos. Mientras la calificación rústica permanezca vigente, la unidad integrada por esos
terrenos no podrá ser objeto de división. Del acto administrativo por el que se otorgue
la calificación rústica, se tomará razón en el Registro de la Propiedad con carácter previo
al otorgamiento de la autorización municipal.
3. L
 a calificación rústica tiene un periodo de eficacia temporal limitada y renovable, que en
el presente caso se fija en cien años.
4. L
 a calificación rústica otorgada habrá de inscribirse en el Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.