Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023064486)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024

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Cuarto. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios y relacionados con
la contratación de un gestor cultural, siempre que se realicen en el plazo establecido en el
apartado duodécimo de la presente resolución y en concreto:
a) Costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
que se recaudan de forma conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, con destino
a desempleo, fondo de garantía salarial o formación profesional, de los gestores culturales contratados.
b) Indemnización por vacaciones no disfrutadas y la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1 c) del Estatuto de los Trabajadores.
Quinto. Ejecución de la actividad subvencionable.
La actividad subvencionable se realizará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2024.
La duración mínima de seis meses requerida para las contrataciones de los gestores culturales, se computará desde el 1 de enero del 2024.
Sexto. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatoria periódica.
Asimismo, al tratarse de ayudas de interés público y social, destinadas a fomentar el empleo cultural por igual en todas las localidades de Extremadura que cumplan con los requisitos establecidos en la presente resolución, facilitando el acceso a la cultura, en todas sus
vertientes, a los ciudadanos extremeños, mediante la dinamización, movilización y gestión
del ámbito cultural en toda la geografía de Extremadura, se procederá al prorrateo de la
cuantía máxima consignada entre todas las solicitudes admitidas y que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria .
2. Las solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de evaluación previstos en esta resolución a efectos de determinación de la cuantía.
Séptimo. Créditos y cuantía de la subvención.
1. P
 ara la financiación de la presente convocatoria se destinará la cantidad total de doscientos
ocho mil euros (208.000 euros) que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria
150020000 G/273A/460.00, proyecto 20140082, fondos CAG0000001 de los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.