Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023064486)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
26 páginas totales
Página
NÚMERO 3

746

Jueves 4 de enero de 2024

sejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de
conformidad a lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de concesión de ayudas destinadas
a financiar la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el
año 2024, de forma que les permita dinamizar, movilizar y gestionar la cultura en su ámbito
competencial.
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas previstas se regirán por lo previsto en el Decreto 80/2013, de 21 de mayo de
2013, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la
contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria de las mismas para el año 2013 (DOE núm. 101, de 28 de mayo de 2013), modificado
por el Decreto 23/2014, de 25 de febrero (DOE núm. 42, de 3 de marzo) y lo establecido en
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del
Estado.
Tercero. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
1. P
 odrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que contraten
gestores culturales en la forma, tiempo y condiciones que se establecen en la presente
resolución.
2. Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
— Estar al corriente con sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener
deudas con la Hacienda Autonómica.
— No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.