Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023064498)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024
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NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024

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2. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y el extracto de la misma en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones.
La solicitud de ayuda contendrá, con carácter obligatorio, la firma del interesado, con arreglo a lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley 39/2015, PACAP.
3. Las solicitudes deberán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, y se formalizarán de
acuerdo con el modelo normalizado recogido en el anexo I de la presente resolución,
que estará a disposición de los interesados en el portal web de información al ciudadano
de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/.
b) Las solicitudes, junto con el resto de documentación requerida, deberán ser presentadas de modo telemático a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura, ubicado en la siguiente dirección web:
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, o de los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la
Ley 39/2015, PACAP.
c) Las entidades solicitantes podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la
sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación
basados en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora
admitida, así como un sistema de firma electrónica reconocida basado en certificado
admitido.
d) Las entidades interesadas deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de certificado electrónico en vigor, el cual puede ser obtenido en la dirección
electrónica http://www.cert.fnmt.es/.
4. En el modelo de solicitud se incluye una declaración responsable del solicitante de no estar
incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en los
apartados 2 y 3 del artículo 12 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de las ayudas solicitadas y/o concedidas
para el mismo proyecto y cuantía que se solicita, o de no haberlas solicitado.
5. L
 a justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social
y no tener deudas con la Hacienda autonómica será consultada o recabada de oficio por la