Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0099)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 6 del Plan General Municipal de Torrejoncillo, consistente en adaptar los desarrollos urbanísticos previstos en el suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable de uso global residencial al régimen simplificado previsto en la disposición adicional 3.ª de la LSOTEX.
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NÚMERO 2

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Miércoles 3 de enero de 2024

Unidad de Actuación UA-15 - Área de reparto AR-15
ORDENACIÓN SEGÚN PGM

ORDENACIÓN PROPUESTA

ESTUDIO COMPARATIVO
UNIDAD DE ACTUACIÓN. UA-15
Estudio comparativo
Superficie bruta total
Aprovechamiento Medio
Aprovechamiento Objetivo
Cesión Zonas Verdes
Cesión
Equipamiento s
Públicos
Cesión Sup. Res. Mediante
Monetización
Cesión Total Dotaciones
Cesión Viario
Número
de
plazas
aparcamiento
Superficie Uso Residencial
Edif. Máx. Parcela Edificable
Sup. Mín. Viv. Protegidas
Cesión de Aprov. Lucrativo

Justificación.

Estado actual
10.107,36 m2s
0,42 m2t/m2s
4.245,09 m2t
1.011,22 m2s
849,60 m2s

Estado modificado
3.654,31 m2s
0,70 m2t/m2s
2.558,02 m2t
-----

Diferencia
-6.453,05 m2s
+0,28 m2t/m2s
-1.687,07 m2t
-1.011,22 m2s
-849,60 m2s

---

365,43 m2s

+365,43m2s

1.860,82 m2s
4.530,98 m2s

365,43 m2s
780,20 m2s

-1.495,39 m2s
-3.750,78 m2s

53

14

- 39

3.715,56 m2s
1,1425 m2t/m2s
1.698,03 m2t

2.874,11 m2s
0,8900 m2t/m2s
No obligatorio
(D.A.3ª LSOTEX)
127,90 m2t

-841,45 m2s
- 0,2525 m2t/m2s
-1.698,03 m2t

424,51 m2t

- 296,61 m2t

Del Estudio Comparativo se obtienen las siguientes conclusiones:
1. En esta unidad, como consecuencia de la adaptación de los desarrollos
urbanísticos en ejecución del régimen simplificado incorporado con la
modificación, resulta necesario modificar la ordenación detallada y asimismo
se hace necesaria su redelimitación. En este sentido, se elimina toda la calle
proyectada en el PGM que rodea la unidad junto al suelo no urbanizable al
considerar que ésta es innecesaria para dicho ámbito además de que supone
un incremento importante de los gastos de urbanización, lo cual dificultaría su
desarrollo por los particulares. En este caso concreto, la redelimitación de la UA
implica también la modificación del Límite del Suelo Urbano.