Universidad De Extremadura. Normas De Convivencia. (2023064505)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueban las Normas de Convivencia y el Régimen disciplinario del estudiantado de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 1
Martes 2 de enero de 2024

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j) Impedir el desarrollo de los procesos electorales de la UEx.
k) Haber sido condenado, por sentencia firme, por la comisión de un delito doloso que suponga la afectación de un bien jurídico distinto, cometido en los centros universitarios,
sus instalaciones y servicios o relacionado con la actividad académica de la UEx.
3. Se consideran faltas graves:
a) Apoderarse indebidamente del contenido de pruebas, exámenes o controles de conocimiento.
b) Deteriorar gravemente los bienes catalogados del patrimonio histórico y cultural de la
UEx.
c) Impedir o dificultar la celebración normal de actividades relativas a la docencia, la investigación, el estudio, la gestión administrativa, la transferencia del conocimiento, la
representación estudiantil o actos académicos, en general. Todo ello sin perjuicio del
ejercicio legítimo de los derechos de reunión, asociación, huelga y paro académico, en
los términos, condiciones y requisitos constitucional y legalmente previstos.
d) Cometer fraude académico en la realización de exámenes, actividades de evaluación
continua o cualquier otro tipo de prueba de evaluación. Entre otras conductas, por valerse de dispositivos electrónicos u otros materiales no autorizados, por el profesorado
responsable, para la realización de dichas pruebas de evaluación.
e) Utilizar, indebidamente, contenidos o medios de reproducción y grabación de las actividades de la UEx sujetas a derechos de propiedad intelectual. Se incluye en este tipo
infractor, entre otras, la toma de imágenes o grabaciones de las clases sin estar expresamente autorizado y en el caso de las clases grabadas difundirlas a través de medios
sociales como: redes, blogs, microblogs, comunidades de contenido.
f) Incumplir las normas de seguridad y salud establecidas por los centros de la UEx y sus
instalaciones y servicios.
g) Acceder sin la debida autorización a los sistemas informáticos de la UEx para, entre
otros motivos, manipular actas y otros documentos de evaluación u obtener, eliminar o
modificar pruebas de evaluación.
4. Se consideran faltas leves:
a) Acceder a instalaciones de la UEx a las que no se tenga autorizado el acceso.