Universidad De Extremadura. Normas De Convivencia. (2023064505)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueban las Normas de Convivencia y el Régimen disciplinario del estudiantado de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 1
Martes 2 de enero de 2024

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3. En todo caso, la persona responsable de la infracción debe pertenecer al estudiantado de
la UEx en el momento de comisión de la falta.
Artículo 30. Faltas disciplinarias.
1. Las faltas disciplinarias se califican como muy graves, graves y leves.
2. Se consideran faltas muy graves:
a) Realizar novatadas o cualesquiera otras conductas o actuaciones vejatorias, física o
psicológicamente, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas.
b) Acosar o ejercer violencia grave contra cualquier miembro de la comunidad universitaria
que suponga una amenaza a alguien o le impida desarrollar la actividad académica que,
legítimamente, haría en ausencia de esa conducta.
c) Acosar sexualmente o por razón de sexo. Estas conductas serán interpretadas conforme
a la legislación estatal y autonómica vigentes en la materia.
d) Discriminar por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional,
pertenencia a grupo étnico, edad, clase social, diversidad funcional, estado de salud,
religión o creencias, o por cualquier otra causa personal o social.
e) A
 lterar, falsificar, sustraer o destruir documentos académicos, o utilizar documentos
falsos ante la UEx. Específicamente se incluye en la falsificación de documentos las
siguientes conductas: la alteración o la omisión de datos relevantes en instancias, solicitudes, impresos, formularios o cualquier otro documento o trámite administrativo, o
el uso consciente de documentos no verídicos o alterados.
f) Destruir y deteriorar, de manera irreparable, o sustraer obras catalogadas del patrimonio
histórico y cultural de la UEx.
g) Plagiar, total o parcialmente, una obra o cometer fraude académico en la elaboración del
Trabajo de Fin de Grado, del Trabajo de Fin de Máster o de la Tesis Doctoral.
h) I ncumplir las normas de salud pública establecidas para los centros universitarios, sus
instalaciones y servicios, poniendo en riesgo a su comunidad universitaria.
i) Suplantar a un miembro de la comunidad universitaria en su labor propia o prestar el
consentimiento para ser suplantado, en relación con las actividades universitarias, siempre que quien suplante o preste su consentimiento para ser suplantado sea estudiante
de la UEx.