Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064421)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de actuación entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP (CSIC), a través del Instituto de Ciencias Agrarias, y el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), para el desarrollo de actuaciones conjuntas en el marco del proyecto titulado "El altramuz blanco y sus bacterias asociadas como herramienta para la fitorremediación de metales pesados con valor añadido medioambiental y agronómico (LUPIMETAL)" financiado por el Plan Estatal de I+D+I con referencia PID2021-125371OB-I00.
10 páginas totales
Página
NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

66718

c) Preparar los convenios u otros instrumentos específicos dentro de las modalidades de
colaboración establecidas en la cláusula segunda.
d) Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos partes.
Sin perjuicio de lo anteriormente dispuesto, en los eventuales convenios específicos u otros
instrumentos jurídicos que se suscriban derivados del presente protocolo general de actuación podrán establecerse comisiones mixtas de seguimiento específicas para los mismos, con
diferente composición.
Octava. Publicaciones y confidencialidad. Propiedad intelectual e industrial.
Las partes declaran su firme intención de no difundir, en modo alguno ni bajo ningún pretexto, las informaciones científico-técnicas correspondientes a la otra si hubiera tenido acceso a
las mismas y estas no fueran de dominio público. Los datos e informaciones obtenidos como
consecuencia de los eventuales proyectos comunes o acciones de cooperación conjunta, así
como de los tratos previos efectuados para su definición, tendrán carácter confidencial para
cada una de las partes hasta tanto la publicación o difusión unilateral no sea autorizada expresamente y por escrito por la otra.
Tanto en eventuales publicaciones como en otras formas de divulgación de resultados se
respetará siempre la mención a las personas autoras o inventoras. Como principio general de
entendimiento, se estimará que no podrá ser difundida ni presentada a público conocimiento
ninguna información que pudiera menoscabar los derechos de propiedad intelectual e industrial que se deriven del trabajo común. Por ello, aquellos resultados que, no siendo en sí mismos objeto de patente u otra forma de protección reconocida en derecho, pudieran inhabilitar,
por causa de su publicación o difusión, el reconocimiento de propiedad sobre una obra, proceso, producto o modelo de utilidad, se considerarán como materia reservada y no difundible.
Asimismo, el CICYTEX declara expresamente su voluntad de dar a conocer la colaboración del
CSIC en las actuaciones conjuntas que se pudieran realizar al amparo del presente protocolo
general de actuación, de conformidad con lo establecido en la cláusula décima.
Novena. Vigencia y extinción anticipada.
La duración del presente protocolo general de actuación será de cuatro años y surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma. No obstante, podrá ser objeto de prórroga, previo
acuerdo de las partes, por un período máximo de igual duración mediante adenda suscrita con
anterioridad a su vencimiento.