Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064421)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de actuación entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP (CSIC), a través del Instituto de Ciencias Agrarias, y el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), para el desarrollo de actuaciones conjuntas en el marco del proyecto titulado "El altramuz blanco y sus bacterias asociadas como herramienta para la fitorremediación de metales pesados con valor añadido medioambiental y agronómico (LUPIMETAL)" financiado por el Plan Estatal de I+D+I con referencia PID2021-125371OB-I00.
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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Séptima. Comisión de seguimiento.
Se establecerá una comisión de seguimiento y control del presente protocolo general de actuación, cuyo carácter será mixto y paritario, con el objeto de presentar propuestas sobre la
colaboración emprendida entre las partes, examinar la marcha de los trabajos, proponer la
suscripción de los correspondientes convenios e instrumentos jurídicos, revisar la programación de las actuaciones, si es necesario, y resolver amistosamente las discrepancias, dudas
o conflictos que se presenten en la ejecución de las actividades del acuerdo. La presidencia
y la secretaría de la comisión se asumirán por cada una de las partes de forma rotatoria
anualmente.
Esta comisión estará formada por dos representantes de cada una de las partes, que inicialmente serán los siguientes, sin perjuicio de que aquellas puedan comunicarse eventuales
cambios formalmente entre ellas.
Los representantes del CICYTEX serán, en función de los asuntos a tratar, la persona titular
de la Dirección del CICYTEX o persona en quien delegue o tenga atribuida su sustitución, y
la persona titular de la Jefatura de Sección de Investigación Principal en Suelos o persona en
quien delegue o tenga atribuida su sustitución.
Por parte del CSIC, los representantes serán; por un lado, la persona titular de la Dirección
del Instituto de Ciencias Agrarias o persona en quien delegue o tenga atribuida su sustitución
y, por otro lado, la persona titular de la Delegación Institucional del CSIC en Andalucía y Extremadura o persona en quien delegue o tenga atribuida su sustitución.
Por tanto, la asistencia de sus miembros a las sesiones que celebren tendrá carácter delegable
en personas dependientes respectivamente de una y otra entidad. Asimismo, podrán asistir a
sus reuniones, con voz y sin voto, expertos -externos o no- que puedan asesorar en razón de
la materia de la que se vaya a tratar.
La Comisión de seguimiento se reunirá siempre que cualquiera de las partes lo estime oportuno. Las decisiones en el seno de la comisión se tomarán por unanimidad, siendo necesaria
para su válida constitución la presencia de al menos un representante de cada parte.
Concretamente, las funciones de la comisión serán las siguientes:
a) Supervisar el trabajo de la persona contratada por el CSIC que, en su caso, llevaría a
cabo sus labores en la Finca La Orden-Valdesequera, así como los resultados del proyecto LUPIMETAL.
b) Promover posibilidades de colaboración en temas científico-tecnológicos de interés
común.