Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064421)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de actuación entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP (CSIC), a través del Instituto de Ciencias Agrarias, y el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), para el desarrollo de actuaciones conjuntas en el marco del proyecto titulado "El altramuz blanco y sus bacterias asociadas como herramienta para la fitorremediación de metales pesados con valor añadido medioambiental y agronómico (LUPIMETAL)" financiado por el Plan Estatal de I+D+I con referencia PID2021-125371OB-I00.
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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Cuarta. Régimen económico.
El cumplimiento de este protocolo general de actuación no generará por sí mismo obligaciones
ni compromisos económicos entre las entidades intervinientes ni supondrá habilitación para
la realización de transferencias entre las partes, sin perjuicio de los compromisos económicos
que pudieran derivar de los convenios o instrumentos específicos que, posteriormente, las
partes firmantes puedan suscribir en su desarrollo.
Quinta. Personal.
Durante la vigencia del presente protocolo, las partes podrán acordar la posibilidad de realización de estancias del personal de cada parte en sede o instalaciones de la otra, intención
principal de este protocolo, que se sometería a autorización previa y al cumplimiento de la
normativa aplicable a cada una de las instituciones firmantes, sin que ello pueda suponer alteración de la dependencia orgánica de dicho personal ni del régimen jurídico a que esté sujeto,
debiendo cumplir el mismo la reglamentación interna del centro en el que temporalmente
desarrolle su labor, y quedando tanto el CICYTEX como el ICA exentos de responsabilidad de
cualquier naturaleza en relación a los trabajadores ajenos a sus centros de trabajo.
Todo ello, en aplicación del régimen de movilidad establecido para el personal de investigación
en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y, en particular
del CICYTEX, de la posibilidad prevista en el artículo 28.4 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 135/2013, de 30 de julio, cuyo tenor literal señala:
“En su calidad de institución de investigación, el CICYTEX podrá incorporar personal contratado por otras instituciones para realizar funciones de investigación científica o técnica
y que, previo convenio al efecto, preste sus servicios en el CICYTEX. Dicho personal no
mantendrá ningún tipo de relación laboral con el mismo”.
Sexta. Equipamiento y bienes.
Los bienes de equipo, instrumentos, software u otros recursos aportados por una parte en un
eventual programa o proyecto de investigación común serán siempre de su propiedad.
En consecuencia, no se alterará la titularidad de la propiedad de los bienes inmuebles o equipos aportados o utilizados para el mejor logro de la cooperación de que se trate. La adquisición de bienes para uso común dentro del marco de una actuación, programa o proyecto de
investigación participado por ambas partes corresponderá a aquella que los haya adquirido
mediante sus propios fondos y, por tanto, los inscribirá en su inventario de bienes.