Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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d) Para asistir a cursos selectivos o realizar periodos de prácticas, cuando se superen procesos selectivos para la cobertura definitiva de puestos de trabajo en cualquiera de las
Administraciones Públicas, se concederá permiso no retribuido por el tiempo estrictamente necesario para su realización.
7. E
 l tiempo de asistencia a los cursos de formación programados por los centros oficiales de
formación para empleados públicos, destinados a mejorar la capacitación profesional o la
adaptación a un nuevo puesto de trabajo, así como los cursos organizados por los promotores previstos en el marco de los acuerdos de formación continua, tendrá la consideración
de tiempo efectivo de trabajo a todos los efectos.
8. Mediante el presente convenio se habilita a la Mancomunidad para que pueda encomendar
la impartición de la formación, tanto a un centro o empresa pública como a cualquier otra
entidad de formación habilitada a tal efecto y que cumpla con todos requisitos exigidos
en la legislación vigente, previo informe a la representación legal de los/as empleados/as
Públicos/as
Artículo 50. Seguridad y salud en el trabajo.
1. L
 as partes firmantes del presente Convenio se comprometen al desarrollo de la Seguridad y
Salud en el trabajo, al amparo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los objetivos
que se persiguen son:
a. Integrar la seguridad y salud laboral en el sistema productivo, mediante la participación
de todos los estamentos de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza: dirección, mandos, empleados/as y representantes sindicales.
b. Reducir el número de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales, combatiendo los riesgos en origen.
c. Mejorar las condiciones de trabajo de las plantillas laborales, sustituyendo lo peligroso
por lo que entrañe poco o ningún riesgo.
d. Concienciar y sensibilizar a todas las partes.
2. Se realizará un plan anual de prevención, del que será informado el Comité de Seguridad y
Salud Laboral y en el que se recogerán las líneas de actuación para dicho periodo.
3. L
 a evaluación de riesgos y la planificación de la prevención ha de prever los riesgos relacionados con los accidentes laborales de tráfico dentro de la jornada laboral y los posibles
efectos para los estados de embarazo y lactancia natural.