Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
75 páginas totales
Página
NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

66873

La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de
los trabajadores/as. No obstante, si dos o más trabajadores/as generasen este derecho
por el mismo sujeto causante, se podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Administración.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia, el
inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
Los trabajadores/as en esta situación tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo
y al cómputo del tiempo que hayan permanecido en la misma a efectos de antigüedad,
si bien en el supuesto de que el trabajador sea laboral temporal se le reservará el puesto
mientras se mantenga la vigencia del contrato bajo el que se le concedió la excedencia,
y con el límite de la duración máxima de la misma.
La permanencia en esta situación será incompatible con la realización de cualquier actividad remunerada.
El trabajador en esta situación deberá solicitar el reingreso con un mes de antelación a la
fecha de reincorporación deseada o a la de finalización del período máximo de duración
de la excedencia, o en el plazo de un mes a partir de la fecha de la desaparición de las
circunstancias que dieron lugar a su concesión, en su caso. Si el trabajador laboral fijo
no solicita el reingreso de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, será declarado
de oficio en excedencia voluntaria por interés particular.
En el caso del trabajador laboral temporal que no solicite el reingreso con un mes de
antelación a la finalización del plazo máximo de duración de la excedencia, o en el plazo
de un mes a partir de la fecha de la desaparición de las circunstancias que dieron lugar
a su concesión, se entenderá que renuncia al contrato y quedará extinguido el mismo.
Durante este período el trabajador tendrá derecho a participar en cursos de formación,
especialmente con ocasión de su reincorporación.
e) Por violencia de género: Los empleados públicos víctimas de violencia de género, para
hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho
a solicitar la situación de excedencia sin tener que haber prestado un tiempo mínimo de
servicios previos y sin que sean exigible plazo de permanencia en la misma.
Durante los seis primeros meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo
que desempeñaran, siendo computable dicho período a efectos de antigüedad, carrera
y derechos del régimen de Seguridad Social que sea de aplicación.