Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que no pueda valerse por sí
mismo y que no realice actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de la jornada
de trabajo, con disminución proporcional de sus retribuciones.
f) Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el trabajador/a tendrá
derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con
carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un
mes. Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo
de disfrute de esta reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo
caso el plazo máximo de un mes.
Se podrá solicitar la sustitución del tiempo que se pretenda reducir por un permiso retribuido que lo acumule en las jornadas completas que resulten, siempre que se mantenga la
causa motivante, que habrá de ser debidamente acreditada. En caso de desaparición sobrevenida de dicha causa, se realizarán los ajustes retributivos necesarios y se procederá
a la deducción de haberes que resultara, en orden a preservar la finalidad y el alcance de
esta reducción de jornada.
g) En los supuestos de riesgo durante el embarazo, acreditado previamente por prescripción
facultativa, la trabajadora afectada tendrá derecho a la adscripción transitoria a otro puesto de trabajo mientras persista el riesgo para la salud de la trabajadora.
En el supuesto de alto riesgo durante el embarazo, debidamente acreditado por prescripción facultativa, y ante la imposibilidad de adscripción transitoria a otro puesto de trabajo,
la trabajadora pasará a la situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, durante el periodo necesario para la protección de su seguridad o salud
y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto o a otro puesto compatible con su estado. Esta suspensión finalizará el día en que se inicie la suspensión por
maternidad biológica o desaparezca la imposibilidad de la trabajadora de reincorporarse a
su puesto de trabajo o a otro compatible con su estado.
h) P
 ermiso por razón de violencia de género sobre la mujer:
Las faltas de asistencia, de las trabajadoras víctimas de violencia de género, totales o parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que
así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda.
Asimismo, las funcionarias víctimas de violencia sobre la mujer, para hacer efectiva su
protección o su derecho de asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de
la jornada con disminución proporcional de la retribución, o la reordenación del tiempo de
trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras