Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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5. Las retribuciones percibidas por los Laborales de la Mancomunidad gozarán de la publicidad
establecida en la normativa vigente.
6. El personal temporal, así como aquellos que se encuentren en periodo de práctica percibirán el 100% de las retribuciones básicas y complementarias que correspondan a dicho
puesto de trabajo en la RPT.
Artículo 27. Conceptos retributivos.
Las retribuciones del personal laboral se dividen en básicas y complementarias.
Son Retribuciones Básicas:


a) El Sueldo.



b) Complemento de antigüedad.



c) Las Pagas Extraordinarias.

Son Retribuciones Complementarias:


a) Complemento de destino.



b) El Complemento Específico.



c) Complemento de productividad.



d) Las Gratificaciones por servicios extraordinarios.



e) C
 omplemento de carrera profesional.

Artículo 28. Sueldo o salario base.
Es la parte de retribución fijada por unidad de tiempo que se abona en doce mensualidades,
cuyo importe viene determinado por el grupo a que se adscribe la categoría profesional a que
pertenece el trabajador.
El sueldo de los empleados de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza, será el
que determine para cada grupo de clasificación en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, para los Empleados Públicos.
Artículo 29. Complemento de antigüedad.
1. El complemento de antigüedad se percibirá por cada tres (3) años de servicios reconocidos
en la Administración Pública.