Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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los ejercicios de la fase de oposición. En la fase de concurso se deberá tener encuentra,
entre otros factores, la antigüedad.
c) En los procesos de promoción interna, se eximirá a los aspirantes de la realización de
aquellas pruebas de aptitud dirigidas a acreditar conocimientos de carácter general ya
demostrados.
d) Asimismo, la Mancomunidad facilitará la asistencia a cursos para la preparación de las
pruebas a través de los planes de formación de otras administraciones o centros.
Artículo 22. Promoción profesional.
1. Los puestos de trabajo de los empleados públicos de la Mancomunidad se integrarán en
alguno de los grupos recogidos en el art. 9, en base a la titulación requerida para su desempeño. Asimismo todos los puestos de trabajo poseerán un nivel que deberá estar comprendido dentro del intervalo de nivel de su grupo recogido en el artículo 31 del presente
convenio.
2. Todos los empleados públicos de la Mancomunidad poseerán un grado personal adquirido
por el desempeño de uno o más puestos de nivel correspondiente durante dos años continuados o durante tres con interrupción.
3. S
 i durante el tiempo en el que el empleado público desempeña un puesto se modificase el
nivel del mismo, el tiempo de desempeño se computará con el nivel más alto en que dicho
puesto hubiera estado clasificado.
4. Cuando un empleado público obtenga destino de nivel superior al del grado en que se encuentre en proceso de consolidación, el tiempo de servicio prestado en el nuevo destino
será computable para la referida consolidación, si así lo solicita.
5. Cuando un empleado público obtenga destino de nivel inferior al del grado en que se encuentre en proceso de consolidación, el tiempo de servicio prestado en éste último será
computable para la consolidación del correspondiente a su nuevo destino, si así lo solicita.
6. L
 a adquisición y cambios de grado se inscribirán en el Registro General de Personal del.
7. En ningún caso podrán desempeñarse puestos de trabajo no incluidos en el intervalo de
nivel correspondiente a cada grupo o escala.
8. Los empleados públicos podrán acceder a cualquier puesto de trabajo de nivel superior
incluido dentro del intervalo de niveles asignados a su grupo.