Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064425)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y la Junta de Extremadura en relación con la Secretaría Conjunta del Programa de Cooperación INTERREG VI A España - Portugal (POCTEP) 2021-2027.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

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trativo a la Autoridad de Gestión relativas a la contratación de servicios, preparación y
mantenimiento de Comités, de relaciones con la autoridad que tiene encomendada la
función contable y con los órganos regionales y comunitarios de gestión del Programa,
etc.
2) C
 umplir las disposiciones, políticas y acciones comunitarias en lo referente a condiciones de elegibilidad, competencia, contratación pública, información y publicidad, y
cumplimiento de los principios horizontales, de conformidad con lo establecido en el
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de
2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las
normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión
de Fronteras y la Política de Visados; en el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión; y en el Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 sobre disposiciones específicas para el
objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los instrumentos de financiación exterior.
3) A
 tender a las operaciones de control de los órganos y autoridades nacionales y de la
Comisión Europea, facilitando la información y documentación que le sea requerida,
durante el tiempo de vigencia de este convenio.
4) C
 umplir las disposiciones de información y comunicación con arreglo a lo establecido en
la Estrategia de Comunicación del Programa, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III, artículos 46 a 48 y Anexo IX, del Reglamento (UE) n.º 2021/1060.
5) L
 levar un registro en la unidad o servicio encargado de la custodia y localización de la
documentación relacionada con los gastos específicos generados por el presente convenio y que la misma se encuentra a disposición de las personas y organismos facultados
para su inspección con arreglo a las normas comunitarias.
6) S
 uministrar a la Comisión de Seguimiento del Convenio la información precisa para el
seguimiento de la gestión, de los gastos de la Secretaría Conjunta y de los reembolsos
de asistencia técnica, así como cualquier otra información que pudiera ser requerida al
efecto en el ejercicio de sus funciones.
En todo caso, las directrices de las funciones y tareas propias de la Secretaría Conjunta del
Programa quedan bajo la dependencia de la Subdirección General de Cooperación Territo-