Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064425)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y la Junta de Extremadura en relación con la Secretaría Conjunta del Programa de Cooperación INTERREG VI A España - Portugal (POCTEP) 2021-2027.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

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Secretaría Conjunta se financiará como un porcentaje fijo sobre los gastos subvencionables
incluidos en cada solicitud de pago, con cargo al importe de los fondos asignados a la asistencia técnica del Programa de Cooperación INTERREG VI A España - Portugal, conforme a
lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento (UE) 2021/1059.
Teniendo en cuenta el artículo arriba indicado así como el artículo 63.2 del Reglamento UE)
n.º 2021/1060, y de acuerdo con la decisión del Comité de Seguimiento del Programa, en
su primera reunión celebrada en Belmonte (Portugal) el 18 de octubre de 2022, la asistencia técnica del Programa de Cooperación INTERREG VI A España – Portugal cubrirá los
gastos del el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2029, correspondiendo a la
Secretaría Conjunta un 2,7% de los gastos subvencionables incluidos por los beneficiarios
en cada solicitud de pago.
No se puede determinar la imputación temporal de los costes de la secretaria al depender
ésta de la certificación de gastos de los beneficiarios. La financiación de la Secretaria funciona extrapresupuestariamente.
El coste estimado es de 8 millones de euros, que se financiarán en su totalidad por el Programa. La Comisión de seguimiento del convenio hará el seguimiento de los gastos de la
Secretaría Conjunta y de los reembolsos de asistencia técnica. En el cierre del Programa, si
fuera necesario, se realizarán los ajustes necesarios entre las cantidades programadas de
asistencia técnica para cada una de las estructuras de gestión, con el objetivo de cubrir en
su totalidad los gastos de la Secretaria Conjunta.
El Comité de Gestión del Programa aprobará el presupuesto anual de la Secretaría Conjunta, en el que se detallarán todos los conceptos de gasto para el desempeño de las funciones
y tareas que tiene asignadas y el porcentaje de los fondos de asistencia técnica del Programa que le corresponde para asumir ese gasto. Así mismo, podrá determinar los fondos que
cada Unidad de Coordinación deberá transferir a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, o en su caso a la entidad designada por ésta, en concepto de anticipo, si éste
fuera necesario. Estos fondos vendrán condicionados al grado de ejecución del programa.
c) Obligaciones de la Secretaría Conjunta.
La Secretaría Conjunta estará obligada durante todo el tiempo de vigencia del presente
convenio a:
1) A
 sistir a la Autoridad de Gestión y al Comité de Seguimiento del Programa en el ejercicio
de sus funciones, facilitar a los beneficiarios potenciales información sobre las oportunidades de financiación en el marco de programas de Interreg y asistir a los beneficiarios
y los socios en la ejecución de las operaciones, incluyendo las tareas de apoyo adminis-