Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064463)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de legalización e implantación de uso turístico en edificaciones existentes, cuyo promotor es Javier Manrique de Lara Fernández, en el término municipal Jarandilla de la Vera (Cáceres). Expte.: IA23/0452.
22 páginas totales
Página
NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023



66112

–L
 as diferentes Órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.



– Orden

de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).



– Ley

7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.



–R
 eal Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes
en materia de incendios forestales.

Además, informa que, las parcelas 419, 420, 422, 423 y 424 del polígono 15, del término
municipal de Jarandilla de la Vera, se encuentra en Zona de Alto Riesgo Vera – Tiétar.
Uno de los aspectos que más pueden modificar el desarrollo de la extinción de los incendios forestales es la presencia de bienes no forestales y personas en el entorno forestal.
Esto implica una priorización de medios atendiendo a este tipo de ubicaciones mientras
que existe una merma en el incendio forestal propiamente dicho. Así mismo, el informe
indica las medidas preventivas a tener en cuenta, que se incluirán en este informe de impacto ambiental y que hay registro de incendios en los últimos 30 años en la parcela de
referencia.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que, consultadas las bases de datos de
esta Confederación, se ha encontrado, relacionado con el asunto de referencia, el expediente ZP-0560/2022, referente a legalización de tres edificios en las parcelas 420 y
423 del polígono 15, en zona de policía del arroyo Valdelatarra, cuyo promotor es Javier
Manrique de Lara Fernández y que cuenta con resolución de otorgamiento de 26 de julio
de 2022. Las parcelas donde se desarrollan las actividades se encuentran dentro del
área de captación de la zona sensible “Embalse de Torrejón-Tiétar”. En cuanto a aguas
superficiales, la zona de actuación se encuentra cercana al arroyo Pascuala. El informe
hace una serie de indicaciones en lo relativo a Dominio Público Hidráulico, Zona de Servidumbre y Zona de Policía según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante
TRLA), así como en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en adelante RDPH). Como que se deberá
contar con la preceptiva autorización por parte del Organismo de cuenca en caso de
actuación en DPH o Zona de Policía. En relación a las aguas subterráneas, la parcela no
asienta sobre masas de agua subterránea. No obstante, a pesar de que la parcela no
asiente sobre masas de agua subterránea se significa que en la puesta en práctica que