Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
226 páginas totales
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023
66230
naturales renovables de uso común y general, cuyo empleo no produzca efecto contaminante, siempre
que las instalaciones permitan, a su desmantelamiento, la plena reposición del suelo a su estado natural
1,5 ha. Salvo determinaciones previstas en normativa de rango
Superficie mínima
superior o sectorial aplicables
Retranqueo a linderos
Sin límite
Tipología de Edificación
Aislada
Ocupación máxima
10%
7,00 m a cumbrera, salvo que las características específicas
Altura máxima
derivadas de su uso hicieran imprescindible superarla.
Numero de plantas
2
Entreplanta
Permitido
Sótano
Permitido
Semisótano
Permitido
Edificaciones Residenciales Autónomas de Ocio
No puede formar parte de un asentamiento humano de varias parcelas que pueda generar
objetivamente demandas de dotación de servicios e infraestructuras públicas urbanísticas
La parcela tendrá una superficie igual o superior a 1,5 hectáreas.
Parcela MÍNIMA
(Según artículo Artículo 40. Viviendas en el suelo no urbanizable
y Edificaciones Residenciales Autónomas de Ocio del Plan
Territorial)
La superficie de ocupación de parcela no será superior al 2% de
Superficie de ocupación
su superficie total. (Según artículo Artículo 40. Viviendas en el
suelo no urbanizable y Edificaciones Residenciales Autónomas
de Ocio del Plan Territorial)
Retranqueos a linderos
15 metros
Jueves 28 de diciembre de 2023
66230
naturales renovables de uso común y general, cuyo empleo no produzca efecto contaminante, siempre
que las instalaciones permitan, a su desmantelamiento, la plena reposición del suelo a su estado natural
1,5 ha. Salvo determinaciones previstas en normativa de rango
Superficie mínima
superior o sectorial aplicables
Retranqueo a linderos
Sin límite
Tipología de Edificación
Aislada
Ocupación máxima
10%
7,00 m a cumbrera, salvo que las características específicas
Altura máxima
derivadas de su uso hicieran imprescindible superarla.
Numero de plantas
2
Entreplanta
Permitido
Sótano
Permitido
Semisótano
Permitido
Edificaciones Residenciales Autónomas de Ocio
No puede formar parte de un asentamiento humano de varias parcelas que pueda generar
objetivamente demandas de dotación de servicios e infraestructuras públicas urbanísticas
La parcela tendrá una superficie igual o superior a 1,5 hectáreas.
Parcela MÍNIMA
(Según artículo Artículo 40. Viviendas en el suelo no urbanizable
y Edificaciones Residenciales Autónomas de Ocio del Plan
Territorial)
La superficie de ocupación de parcela no será superior al 2% de
Superficie de ocupación
su superficie total. (Según artículo Artículo 40. Viviendas en el
suelo no urbanizable y Edificaciones Residenciales Autónomas
de Ocio del Plan Territorial)
Retranqueos a linderos
15 metros