Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
226 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

66216

Artículo 131. Régimen del Suelo No Urbanizable de Protección De Infraestructuras (SNUPI) (O.E.).
Serán de obligado cumplimiento tanto la ley 7/95, de 27 de abril, de Carreteras de
Extremadura como el Real Decreto 1812/1994 de 2 de septiembre por el que se aprueba el
Reglamento General de Carreteras.
Según el artículo 22 y siguientes, de la ley 7/95, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura,
se establecen las siguientes zonas de influencia:
• Zona de dominio público.
• Zona de servidumbre.
• Zona de afección.
También se manifiesta que el Art. 29 de esta Ley establece que “las obras, instalaciones,
edificaciones, cerramientos y cualquier otra ocupación o actividad en terrenos colindantes o
sitos en las zonas de influencia de las carreteras, requerirá expresa autorización de la
Administración titular de la carretera sin perjuicio de las licencias urbanísticas y demás
autorizaciones que procedieran salvo lo que se dispone en el Capítulo V de esta Ley”
Se cumplirá el artículo 16 de la Ley 7/1995 de Carreteras de Extremadura que dice: “las obras
de construcción, reparación o conservación de las vías reguladas por la presente Ley, por
constituir obras públicas de interés general, no estén sometidas a los actos de control
preventivo municipal a que se refiere el artículo 84.1.b. de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local”.
En las carreteras propiedad de la Diputación de Cáceres, ésta establecerá trazado,
dimensiones y secciones tipo que considere teniendo en cuenta la normativa vigente.
Se definirá también la línea límite de edificación.
Con respecto a carreteras:
1. Zona de dominio público.
Según el artículo 23, de la ley 7/95, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura, sobre la
zona de dominio público:
Son de dominio público los terrenos ocupados por la carretera y sus elementos funcionales y
una franja de terreno de ocho metros de anchura en autopistas, autovías y vías rápidas, de
tres metros en el resto de carreteras clasificadas como básicas, intercomarcales y locales y de