Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

66209

Artículo 125. Edificaciones Existentes.
No se podrá autorizar una segregación rústica cuando, como resultado de la misma, las
edificaciones que en ella estuvieran implantadas con anterioridad resultasen fuera de
ordenación según las determinaciones de esta normativa.

SECCIÓN 3.

CONDICIONES DE CARÁCTER PARTICULAR. REGIMEN APLICABLE ALAS

DISTINTAS CATEGORIAS DE SUELO NO URBANIZABLE
Artículo 126. Régimen del Suelo No Urbanizable Común (O.E.).
El suelo no urbanizable común podrá ser calificado, a los efectos de lo dispuesto en el apartado
3 del artículo 18 de la LSOTEX, para la legitimación de la ejecución de obras, construcciones o
instalaciones destinadas al desarrollo de actividades y usos que, siendo compatibles con el
medio rural, tengan cualquiera de los objetos siguientes:
- La realización de construcciones e instalaciones no vinculadas directa y exclusivamente
a la explotación de la finca, de naturaleza agrícola, forestal, ganadera, cinegética al
servicio de la gestión medioambiental o análoga, que vengan requeridas por éstas o
sirvan para su mejora.
- La extracción o explotación de recursos y la primera transformación, sobre el terreno
y al descubierto, de las materias primas extraídas.
- El depósito de materiales y residuos, el almacenamiento de maquinaria y el
estacionamiento de vehículos, siempre que se realicen enteramente al aire libre, no
requieran instalaciones o construcciones de carácter permanente y respeten la
normativa medioambiental.
- Las actividades necesarias, conforme en todo caso a la legislación sectorial aplicable
por razón de la materia, para el establecimiento, el funcionamiento, la conservación o
el mantenimiento y la mejora de infraestructuras o servicios públicos estatales,
autonómicos o locales, incluidas las estaciones para el suministro de carburantes.
- Los servicios integrados en áreas de servicio de toda clase de carreteras, con sujeción
a las condiciones y limitaciones establecidas en la legislación reguladora de éstas.