Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

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valorará y priorizará el mantenimiento de la vegetación autóctona existente para su
integración en los viales y zonas verdes.
Todo ello como parte de las medidas correctoras sobre los distintos factores
medioambientales establecidas en la evaluación ambiental del Plan General, como fauna y
flora.
Artículo 120. Infraestructuras y servicios en Suelo No Urbanizable
Sólo podrán realizarse tendidos de infraestructuras en caso de que las edificaciones
construcciones e instalaciones a que sirvan se adecuen a las condiciones edificatorias y de uso
fijadas en el presente Plan para cada tipo de suelo.
En ningún caso podrán dar lugar a riesgo de formación de núcleo de población.
Quedan al margen de las limitaciones establecidas en este artículo los tendidos de carácter
supramunicipal que estarán a lo dispuesto en la normativa sectorial de aplicación.
Artículo 121. Acumulación de variedades y/o sub-variedades en el Suelo No Urbanizable
Protegido.
Las clases de suelo son excluyentes entre sí; un ámbito únicamente puede pertenecer a una
clase de suelo: o urbano, o urbanizable o no urbanizable. Las categorías de suelo son también
excluyentes entre sí: el suelo no urbanizable puede ser común o protegido, pero nunca ambas
cosas a la vez. Por el contrario, las variedades y subvariedades del protegido no son
excluyentes: sobre un mismo ámbito de suelo no urbanizable protegido pueden acumularse
variedades y subvariedades de suelo no urbanizable protegido, ya que implican protecciones
y condiciones de distinto tipo que se pueden aplicar conjuntamente. En los terrenos sobre los
que recaiga más de una variedad o subvariedad de suelo no urbanizable protegido se deberán
cumplir todas las determinaciones que se establezcan para dichas variedades, sin que en
ningún momento queden desatendidas las más restrictivas. Véase además lo indicado en los
artículos siguientes sobre la afección de terrenos y la superposición de estas.