Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023
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reestructuración pueden llegar hasta el vaciado total del edificio con mantenimiento de las
fachadas exteriores, de los elementos arquitectónicos de carácter singular existentes en su
interior, y de la volumetría general del edificio. En todos los casos de reestructuración se exige
la eliminación de elementos espúreos añadidos en fachada, cubierta o en espacios interiores
de la edificación.
- Obras de Reforma: Modificación de todas o alguna de las características volumétricas,
espaciales o de distribución del edificio. Según su alcance se establecen dos categorías: Obras
de reforma menor: Son las que afectan a la distribución interior del edificio sin alterar su
estructura sustancial: sistema estructural, distribución de crujías, disposición de forjados,
fachadas exteriores e interiores, patios, escaleras, jardines o cubiertas. Pueden incluir
sustitución de canalizaciones de instalaciones antiguas, implantación de nuevas instalaciones,
modificación de revestimientos interiores y de carpintería. También pueden incluirse en este
apartado las obras de redistribución interior que no afecten a los conceptos anteriormente
expresados. Obras de reforma mayor: Se incluyen en esta categoría todas aquellas obras que
modifican las características sustanciales del edificio, alterando su configuración espacial,
estructura arquitectónica y distribución. Pueden incluir vaciados interiores, ejecución de
forjados, reestructuración de cubiertas, y modificación de fachadas, además de las
comprendidas en el apartado anterior.
- Obras de ampliación: Son obras de reforma que tienen como objeto el aumento de la
superficie construida de los edificios. Se establecen dos categorías: Ampliación en superficie:
Consisten en la edificación de nueva planta de los espacios libres de la parcela, fondos
edificables o patios interiores.
Ampliación en altura: Son las que tienen por objeto la adición de una o varias plantas o el
aprovechamiento interior de los espacios generados bajo la cubierta de los edificios,
modificando la altura de éstas. También tienen esta consideración la construcción de
forjados intermedios o entreplantas en las zonas donde la altura de la edificación preexistente
lo permitiera.
- Obras de reconstrucción: Son obras de nueva construcción, o en su caso de reforma, que
tienen por objeto la reposición mediante nueva construcción de un edificio preexistente, o de
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reestructuración pueden llegar hasta el vaciado total del edificio con mantenimiento de las
fachadas exteriores, de los elementos arquitectónicos de carácter singular existentes en su
interior, y de la volumetría general del edificio. En todos los casos de reestructuración se exige
la eliminación de elementos espúreos añadidos en fachada, cubierta o en espacios interiores
de la edificación.
- Obras de Reforma: Modificación de todas o alguna de las características volumétricas,
espaciales o de distribución del edificio. Según su alcance se establecen dos categorías: Obras
de reforma menor: Son las que afectan a la distribución interior del edificio sin alterar su
estructura sustancial: sistema estructural, distribución de crujías, disposición de forjados,
fachadas exteriores e interiores, patios, escaleras, jardines o cubiertas. Pueden incluir
sustitución de canalizaciones de instalaciones antiguas, implantación de nuevas instalaciones,
modificación de revestimientos interiores y de carpintería. También pueden incluirse en este
apartado las obras de redistribución interior que no afecten a los conceptos anteriormente
expresados. Obras de reforma mayor: Se incluyen en esta categoría todas aquellas obras que
modifican las características sustanciales del edificio, alterando su configuración espacial,
estructura arquitectónica y distribución. Pueden incluir vaciados interiores, ejecución de
forjados, reestructuración de cubiertas, y modificación de fachadas, además de las
comprendidas en el apartado anterior.
- Obras de ampliación: Son obras de reforma que tienen como objeto el aumento de la
superficie construida de los edificios. Se establecen dos categorías: Ampliación en superficie:
Consisten en la edificación de nueva planta de los espacios libres de la parcela, fondos
edificables o patios interiores.
Ampliación en altura: Son las que tienen por objeto la adición de una o varias plantas o el
aprovechamiento interior de los espacios generados bajo la cubierta de los edificios,
modificando la altura de éstas. También tienen esta consideración la construcción de
forjados intermedios o entreplantas en las zonas donde la altura de la edificación preexistente
lo permitiera.
- Obras de reconstrucción: Son obras de nueva construcción, o en su caso de reforma, que
tienen por objeto la reposición mediante nueva construcción de un edificio preexistente, o de