Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064184)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Pacto sobre derechos sindicales y ejercicio de la actividad sindical, suscrito entre la Universidad de Extremadura y los sindicatos USO, CSIF y UGT-SP.
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Viernes 15 de diciembre de 2023

6.4. No se computarán en el crédito horario las siguientes actividades de representación:
— Asistencia a reuniones oficiales convocadas por órganos de la Universidad.
— Participación en órganos de selección de personal.
— Asistencia a órganos colegiados de gobierno de la Universidad.
— Asistencia a los propios órganos de representación unitaria.
— Asistencia a Mesas Negociadoras de ámbito universitario, autonómico o estatal.
— Asistencia a otros órganos distintos de los anteriores derivada de la condición de representantes del personal, siempre que medie convocatoria oficial del mismo.
6.5. Los representantes sindicales que participen en la negociación o revisión del Convenio
Colectivo u otros instrumentos de regulación colectiva como miembros de la Mesa Negociadora correspondiente tendrán derecho a la concesión de los permisos retribuidos que
sean necesarios para el adecuado ejercicio de su labor como negociadores.
BOLSA DE HORAS
Artículo 7.
7.1. L
 os sindicatos firmantes del presente Pacto dispondrán de una bolsa de horas sindicales
que estará formada por la acumulación de los créditos horarios cedidos por los delegados
sindicales y representantes de los trabajadores en los órganos de representación unitaria.
Esta será la constituida por el total de las horas correspondientes a cada Central Sindical,
como consecuencia de los resultados obtenidos de las últimas elecciones sindicales celebradas en la UEx, a tenor de los cuales el reparto se realizará de la siguiente forma:
USO

1.180 horas/mes

CSIF

1.080 horas/mes

UGT-SP

520 horas/mes

TOTAL: 2.780 horas/mes.
7.2. La distribución de la bolsa de horas corresponderá a cada Central Sindical, efectuándose
entre el personal que se considere oportuno para el mejor cumplimiento de sus fines.