Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0091)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremocha.
124 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 238
Jueves 14 de diciembre de 2023
63141
Capítulo 2
Contenido del Plan General
Artículo 5. Documentación.
1. Toda la documentación del Plan integra una unidad coherente, cuyas determinaciones se
disponen en el artículo siguiente.
2. El presente Plan General Municipal de Torremocha cuenta con los siguientes documentos,
fundamentados en los artículos 43 a 51 del RPEX:
a) DOCUMENTO I: Memoria Informativa + Memoria de Ordenación.
b) DOCUMENTO II: Planos de Información + Planos de Ordenación.
c) DOCUMENTO III: Normas Urbanísticas.
d) DOCUMENTO IV: Catálogo de Bienes Protegidos.
e) D
OCUMENTO V: Estudio Ambiental Estratégico.
3. Todos los anteriores documentos, excepto la Memoria Informativa, serán igualmente vinculantes, en virtud del alcance de sus propios contenidos y con el grado explícito que se
señale para cada uno de ellos. En caso de contradicción, los documentos de ordenación
prevalecen sobre los documentos informativos.
4. Las condiciones contenidas en el documento ambiental para los ámbitos de actuación urbanística son complementarias a las determinaciones establecidas por el Plan en las fichas
de las Normas Urbanísticas.
5. Las referencias a preceptos legales y disposiciones reglamentarias vigentes que contienen
las presentes Normas se entenderán realizadas sin perjuicio de la aplicación de las dictadas
con posterioridad a la entrada en vigor del Plan, entendiéndose estas referencias automáticamente remplazadas en caso de que se produzcan modificaciones o sustituciones de las
mismas, en los términos señalados en sus disposiciones transitorias.
Artículo 6. Determinaciones e interpretación.
1. La interpretación del Plan General Municipal de Torremocha les corresponde a los órganos
urbanísticos de su Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades propias de la Junta de Extremadura y los órganos jurisdiccionales.
Jueves 14 de diciembre de 2023
63141
Capítulo 2
Contenido del Plan General
Artículo 5. Documentación.
1. Toda la documentación del Plan integra una unidad coherente, cuyas determinaciones se
disponen en el artículo siguiente.
2. El presente Plan General Municipal de Torremocha cuenta con los siguientes documentos,
fundamentados en los artículos 43 a 51 del RPEX:
a) DOCUMENTO I: Memoria Informativa + Memoria de Ordenación.
b) DOCUMENTO II: Planos de Información + Planos de Ordenación.
c) DOCUMENTO III: Normas Urbanísticas.
d) DOCUMENTO IV: Catálogo de Bienes Protegidos.
e) D
OCUMENTO V: Estudio Ambiental Estratégico.
3. Todos los anteriores documentos, excepto la Memoria Informativa, serán igualmente vinculantes, en virtud del alcance de sus propios contenidos y con el grado explícito que se
señale para cada uno de ellos. En caso de contradicción, los documentos de ordenación
prevalecen sobre los documentos informativos.
4. Las condiciones contenidas en el documento ambiental para los ámbitos de actuación urbanística son complementarias a las determinaciones establecidas por el Plan en las fichas
de las Normas Urbanísticas.
5. Las referencias a preceptos legales y disposiciones reglamentarias vigentes que contienen
las presentes Normas se entenderán realizadas sin perjuicio de la aplicación de las dictadas
con posterioridad a la entrada en vigor del Plan, entendiéndose estas referencias automáticamente remplazadas en caso de que se produzcan modificaciones o sustituciones de las
mismas, en los términos señalados en sus disposiciones transitorias.
Artículo 6. Determinaciones e interpretación.
1. La interpretación del Plan General Municipal de Torremocha les corresponde a los órganos
urbanísticos de su Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades propias de la Junta de Extremadura y los órganos jurisdiccionales.