Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0091)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremocha.
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NÚMERO 238
Jueves 14 de diciembre de 2023
63175
— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-3.
— Estos suelos se desarrollan mediante Actuaciones Urbanizadoras y deben cumplir con
el reparto de beneficios y cargas, cesión al Ayuntamiento de viales y 10% de la superficie para dotaciones o zonas verdes. El Plan establece los ámbitos orientativos de
las Unidades de Actuaciones Urbanizadoras, a efectos de gestión y ejecución, siendo
una determinación de carácter detallado.
e) L
egalización. Suelos desarrollados la margen del planeamiento que no precisan operaciones de transformación urbanística, sino regularizar su situación urbanística y cumplir
con los deberes urbanísticos pendientes.
— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-4.
— Estos suelos se desarrollan mediante Actuaciones Edificatorias y deben cumplir con
la cesión al Ayuntamiento de viales, 10% de la superficie para dotaciones o zonas
verdes y el porcentaje de aprovechamiento lucrativo en concepto de participación de
la comunidad en las plusvalías generadas, en su caso.
Artículo 58. Zonas de Ordenación Urbanística ZOU.
1. L
as Zonas de Ordenación Urbanística (ZOUs) son áreas de suelo que presentan un tejido
urbano característico y diferenciado, por disponer de un determinado uso global o un uso
pormenorizado mayoritario y tipologías edificatorias homogéneas. Cada Zona de Ordenación Urbanística (ZOU) se constituye como el ámbito de aplicación de una determinada
normativa urbanística.
2. E
n el Suelo Urbano delimitado por el Plan se distinguen cuatro Zonas de Ordenación Urbanística que se subdividen, cuando proceda, en Subzonas en función de características
específicas de algunas condiciones particulares. Las ZOUs son:
a) ZOU_A. N
úcleo Tradicional (Casco).
b) ZOU_B. A
mpliación del Núcleo (Ensanche).
c) ZOU_C. Residencial Aislada.
d) ZOU_D. R
esidencial Plurifamiliar.
e) Z
OU_P. Usos productivos (Terciario-Industrial).
Jueves 14 de diciembre de 2023
63175
— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-3.
— Estos suelos se desarrollan mediante Actuaciones Urbanizadoras y deben cumplir con
el reparto de beneficios y cargas, cesión al Ayuntamiento de viales y 10% de la superficie para dotaciones o zonas verdes. El Plan establece los ámbitos orientativos de
las Unidades de Actuaciones Urbanizadoras, a efectos de gestión y ejecución, siendo
una determinación de carácter detallado.
e) L
egalización. Suelos desarrollados la margen del planeamiento que no precisan operaciones de transformación urbanística, sino regularizar su situación urbanística y cumplir
con los deberes urbanísticos pendientes.
— Se delimitan en ámbitos de ordenación con el código SUnc-4.
— Estos suelos se desarrollan mediante Actuaciones Edificatorias y deben cumplir con
la cesión al Ayuntamiento de viales, 10% de la superficie para dotaciones o zonas
verdes y el porcentaje de aprovechamiento lucrativo en concepto de participación de
la comunidad en las plusvalías generadas, en su caso.
Artículo 58. Zonas de Ordenación Urbanística ZOU.
1. L
as Zonas de Ordenación Urbanística (ZOUs) son áreas de suelo que presentan un tejido
urbano característico y diferenciado, por disponer de un determinado uso global o un uso
pormenorizado mayoritario y tipologías edificatorias homogéneas. Cada Zona de Ordenación Urbanística (ZOU) se constituye como el ámbito de aplicación de una determinada
normativa urbanística.
2. E
n el Suelo Urbano delimitado por el Plan se distinguen cuatro Zonas de Ordenación Urbanística que se subdividen, cuando proceda, en Subzonas en función de características
específicas de algunas condiciones particulares. Las ZOUs son:
a) ZOU_A. N
úcleo Tradicional (Casco).
b) ZOU_B. A
mpliación del Núcleo (Ensanche).
c) ZOU_C. Residencial Aislada.
d) ZOU_D. R
esidencial Plurifamiliar.
e) Z
OU_P. Usos productivos (Terciario-Industrial).